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Real Decreto 517/2024: distancia de vuelo a Centrales energéticas, industrias petroquímicas o químicas, refinerías, servicios de suministro y depósitos de combustible

 

Para volar UAS en estas zonas el operador deberá solicitar permiso para volar dentro de la zona UAS.

 

La dimensión de la zona UAS será:

Con carácter general 25 metros de distancia horizontalmente y 50 metros verticalmente sobre el elemento más alto de la instalación.

 

distancia de vuelo drones a infraestructuras

 

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