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Auditoría de operadoras de drones y certificado LUC


La gestión de una operadora implica tener el control sobre todas las operaciones desarrolladas, incluido el cumplimiento burocrático.

En un momento de cambio continuo de a normativa, es importante estar actualizado y comprobar que se cumplen en cada momento los requisitos en vigor, pues su incumplimiento puede dar lugar a importantes sanciones administrativas, e incluso civiles y penales.

El cumplimiento de estos aspectos, básicamente burocrático, es fundamental en caso de inspección o accidente pudiendo producido fuertes sanciones y pérdida de la cobertura del seguro, inhabilitación para actuar como operadora, etc.

Es importante que la operadora y sus responsables monitoricen de forma continua las actividades con el fin de garantizar que estas se ajustan al Manual de Operaciones y los procedimientos y otros sistemas como el de emergencia aplicables de la Certificado de Operador de UAS ligero.

Para las operadoras de drones que quieran obtener un certificado LUC se les exige un gerente responsable y un gerente de monitoreo, estableciendo la obligación de un monitoreo continuo que incluya auditorías. El monitoreo puede ser realizado por personal interno de la operadora o por personal externo.

Para salvaguardar sus responsabilidades una operadora debe garantizarse el cumplimiento de cuatro aspectos básicos de seguridad en relación con la legislación:

Es importante destacar que, tan importante es para la operadora como para aquellos que la contraten ya que, deberá desarrollar la correspondiente coordinación de actividades empresariales, con la consiguiente responsabilidad del contratante.


Certificado de Operador de USA ligero (certificado LUC)


una operadora desarrolla habitualmente determinadas actividades, lógicamente el estar pidiendo autorizaciones y, en particular la emisión de declaraciones cada vez que tienen que hacer una operación, rft89Para aquellas operadoras que vuelan UAS habitualmente con el fin de no tener que estar solicitando autorización o emitir declaración según corresponda para los vuelos, éstas podrán solicitar un Certificado de operador de USA ligero (certificado LUC).

El LUC solo podrán solicitarlos las operadoras que sean persona jurídica, además como veremos posteriormente exige que la organización disponer de varias figuras o personas por lo que éstas deben disponer de una serie de recursos humanos mínimos.

certificado UAS ultraligero LUC

Es el LUC es el certificado concedido a un operador de UAS por una autoridad competente y solo será otorgado a personas jurídicas.

Para poder disponer de él, la operadora deberá disponer y mantener un sistema de gestión, incluyendo su estructura organizativa y su sistema de gestión de la seguridad correspondiente al tamaño de la organización y a la naturaleza y complejidad de sus actividades, teniendo en cuenta los peligros y riesgos inherentes a esas actividades.

El "sistema" en relación con el control operativo debe entenderse como la organización, los métodos, la documentación, el personal y la capacitación de ese personal para el inicio, continuación, finalización o desvío de un vuelo en aras de la seguridad.

Las ventajas de disponer de un LUC es que no requiere solicitud de autorización o declaración para los vuelos en categoría específica, permitiendo una gran agilidad de producción a la operadora.

 

 

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