Formación pilotos de drones activiades NO EASA

PILOTOS DE DRONES ACTIVIDADES NO EASA

 

Escenarios estándar STS-ES-01EN y STS-ES-02EN

Según lo establecido en el artículo 20 del real Decreto 517/2024, para la realización de operaciones de UAS en los escenarios estándar nacionales («STS-ES-NE») los pilotos a distancia deberán:

 

  1. Estar en posesión de un certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia, de conformidad con lo establecido en la definición de los correspondientes escenarios estándar, expedido por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
  2. Estar en posesión de una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para el escenario estándar correspondiente en cada caso, de conformidad con lo establecido en la definición de los correspondientes escenarios estándar, expedida por una entidad facultada.

Formación teórica

 

La formación teórica para los STS-ES-NE puede ser impartida por una entidad de formación, un operador de UAS, o por cuenta propia, siempre siguiendo el temario definido para cada escenario estándar. Corresponderá a AESA realizar el examen de conocimientos teóricos de los escenarios estándar y emitir, si procede, el certificado de conocimientos teóricos.

 

Corresponderá a AESA realizar el examen de conocimientos teóricos de los escenarios estándar y emitir, si procede, el certificado de conocimientos teóricos.

 

Formación práctica

 

Tras superar el examen teórico ante AESA para la operación bajo un escenario estándar se requiere de una formación práctica específica para cada escenario, debiendo ser impartida por Entidades Facultadas para impartir formación práctica en escenarios estándar nacionales.

la formación práctica para estos escenarios estándar No EASA se podrá justificar mediante uno de los siguientes puntos:

 

  • Una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para el STS-ES-NE correspondiente, de conformidad con el artículo 20 punto b) del Real Decreto 517/2024, expedida por una entidad facultada.
  • Una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para el STS europeo, de conformidad con el apéndice A de los capítulos I y II del apéndice I del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, expedida por una entidad reconocida o un operador de UAS declarado para impartir dicha formación.

Formación en categoría específica bajo autorización operacional

Los pilotos que realicen operaciones en categoría ‘específica’ bajo una autorización operacional se requiere de una formación teórica y práctica basadas en el concepto de la operación (‘ConOps’).

 

Esta formación deberá estar recogida dentro del manual de operaciones del operador, aprobado mediante la autorización operacional y deberá ser impartida en cooperación entre el operador UAS que disponga la autorización operacional y una Entidad Designada declarada ante AESA. Por ello, los pilotos a distancia deberán cumplir con los requisitos establecidos en la evaluación de riesgo operacional concedida al operador UAS.

 

Para poder realizar la formación específica, el piloto debe contar con el cetificado e pilot A2 o STS"

 

Esta formación debe ser impartida por una entidad Designada por AESA en colaboración con el operador, siendo el reparto de responsabilidades el siguiente.

 

Responsabilidad de formación del Operador UAS

 

  • Sus procedimientos normales, de contingencia y de emergencia, definidos en su Manual de Operaciones y los correspondientes Anexos de los ConOps.
  • El Plan de Respuesta a la Emergencia (ERP) que tenga definido en su Manual de Operaciones
  • El UAS específico empleado por el operador.

Responsabilidad de formación de la Entidad Designada

 

La Entidad Designada con la que decida cooperar el Operador UAS deberá impartir a los pilotos a distancia una formación con el siguiente Syllabus:

 

  1. Una formación teórica comun indpendiente del tipo de ConOps incluido en la autorización operacional.
  2. Una formación teórica específica en función de la ConOps que incluya de los siguientees módulos los aplicables a la ConOps.
    • Operaciones nocturnas
    • Sobrevuelo (vuelo sobre áreas pobladas conocidas o sobre reuniones de personas)
    • Operaciones BVLOS
    • Operaciones a baja altitud (menos de 500 pies)
    • Vuelos en espacio aéreo no segregado;
    • Transporte y/o depósito de carga
    • Transporte de mercancías peligrosas
    • Operaciones con múltiples UAS y enjambres
    • Lanzamiento y recuperación de la UA usando equipo especial.
    • Vuelo sobre terreno montañoso.
    • Operaciones con un alto grado de automatización.
    • Operaciones a más de 120m de altura AGL.
    • Operaciones con UAS con planta de potencia no eléctrica.
    • Operaciones en espacio aéreo controlado y FIZ.
    • Operaciones en entorno de aeródromos, aeropuertos y helipuertos.
    • Operaciones que impliquen esparcir o dejar caer sustancias o materiales.
  3. Una formación practica de vuelo

Aviso importante: Una vez aprobado el examen, no es necesario realizar ninguna acción. Cuando el certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia se haya emitido, el usuario recibirá un aviso en el correo electrónico en el cual se haya registrado.

 

 

FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES PILOTO ACTIVIDADES NO EASA

La mejor forma de evitar responsabilidades y sanciones es conocer tus funciones y responsabilidades como piloto en los escenarios STS-ES-01EN y STS-ES-02EN