Según lo establecido en el artículo 20 del real Decreto 517/2024, para la realización de operaciones de UAS en los escenarios estándar nacionales («STS-ES-NE») los pilotos a distancia deberán:
Formación teórica
La formación teórica para los STS-ES-NE puede ser impartida por una entidad de formación, un operador de UAS, o por cuenta propia, siempre siguiendo el temario definido para cada escenario estándar. Corresponderá a AESA realizar el examen de conocimientos teóricos de los escenarios estándar y emitir, si procede, el certificado de conocimientos teóricos.
Corresponderá a AESA realizar el examen de conocimientos teóricos de los escenarios estándar y emitir, si procede, el certificado de conocimientos teóricos.
Formación práctica
Tras superar el examen teórico ante AESA para la operación bajo un escenario estándar se requiere de una formación práctica específica para cada escenario, debiendo ser impartida por Entidades Facultadas para impartir formación práctica en escenarios estándar nacionales.
la formación práctica para estos escenarios estándar No EASA se podrá justificar mediante uno de los siguientes puntos:
Los pilotos que realicen operaciones en categoría ‘específica’ bajo una autorización operacional se requiere de una formación teórica y práctica basadas en el concepto de la operación (‘ConOps’).
Esta formación deberá estar recogida dentro del manual de operaciones del operador, aprobado mediante la autorización operacional y deberá ser impartida en cooperación entre el operador UAS que disponga la autorización operacional y una Entidad Designada declarada ante AESA. Por ello, los pilotos a distancia deberán cumplir con los requisitos establecidos en la evaluación de riesgo operacional concedida al operador UAS.
Para poder realizar la formación específica, el piloto debe contar con el cetificado e pilot A2 o STS"
Esta formación debe ser impartida por una entidad Designada por AESA en colaboración con el operador, siendo el reparto de responsabilidades el siguiente.
Responsabilidad de formación del Operador UAS
Responsabilidad de formación de la Entidad Designada
La Entidad Designada con la que decida cooperar el Operador UAS deberá impartir a los pilotos a distancia una formación con el siguiente Syllabus:
Aviso importante: Una vez aprobado el examen, no es necesario realizar ninguna acción. Cuando el certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia se haya emitido, el usuario recibirá un aviso en el correo electrónico en el cual se haya registrado.
La mejor forma de evitar responsabilidades y sanciones es conocer tus funciones y responsabilidades como piloto en los escenarios STS-ES-01EN y STS-ES-02EN